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¿Cómo debes revisar el borrador de la renta para beneficiarte de la deducción por gastos de guardería?

Como cada año llega el periodo de la Declaración de la Renta y para los que no son expertos en la materia supone un verdadero quebradero de cabeza. Con este artículo queremos darle una visión positiva y optimista a este trámite por el que todos tenemos que pasar. Y es que existen múltiples deducciones aplicables en materia de desgravación fiscal por gastos educativos en las distintas Comunidades Autónomas y a nivel estatal para familias con hijos de 0 a 3 años.

Con este sencillo manual elaborado por el departamento de admisión y gestión del grupo de escuelas infantiles El Mundo de Mozart, dónde te indican qué casillas debes revisar en el borrador de tu declaración, para poder beneficiarte, sin que se te pase ninguna, del mayor número de deducciones y reducciones fiscales, tanto estatales como autonómicas.

En primer lugar, la deducción por gastos de guardería debe figurar en el apartado de cuota diferencial.

DEDUCCIÓN  ESTATALES

¿Qué casillas marcar?

  • Casilla 0611 – Deducción por maternidad para madres trabajadoras – Modelo 140.

Esta deducción por maternidad está destinada a madres con hijos menores de 3 años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad. Se puede solicitar de manera anticipada a través del modelo 140 de la Agencia Tributaria, por importe 100€ mensuales o bien de forma acumulada en la declaración de la renta por un importe de 1.200€. 

  • Casilla 613 – Deducción de maternidad por gastos en centros educativos – Modelo 233 – cheque guardería (*importante: el centro educativo en cuestión es el encargado de presentar este modelo).

Esta ayuda se destina a todas las madres trabajadoras, tanto asalariadas como autónomas, por gastos de guardería de hasta 1.000€ anuales, sobre el importe anual efectivo no subvencionado en el periodo fiscal. Es decir 83,33€ por cada mes que hayan pagado en centros autorizados, hasta que el hijo/a cumpla los tres años, o hasta el mes anterior en el que comience el segundo ciclo de educación infantil.

Es importante destacar que se considera tanto el gasto pagado a través de la cuenta bancaria del padre como de la madre.

En el Modelo 233 se incluyen los siguientes gastos siempre que se hayan producido durante meses completos:

  • Inscripción y matrícula
  • Escolaridad
  • Horario ampliado
  • Alimentación

 

DEDUCCIÓN  AUTONÓMICAS

COMUNIDAD DE MADRIDLas deducciones específicas para la Comunidad de Madrid deben introducirse en las casillas que van a partir de la 1039

 

  • Casilla 1039 – Deducción por nacimiento o adopción de hijos.

Las familias madrileñas podrán deducirse las siguientes cantidades por cada hijo/a nacido o adoptado durante el período impositivo:

  • 600€ – primer hijo
  • 750€ – segundo hijo
  • 900€ – tercero o sucesivos

 

  • Casilla 1044 – Deducción de IRPF por gastos educativos en Madrid.
  • El 15% de los gastos de escolaridad.
  • El 10% de los gastos de enseñanza de idiomas – (segundo ciclo educación infantil).
  • El 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.

 

 

ANDALUCÍA – Las deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía deben introducirse en las casillas que van a partir de la 850.

 

  • Casilla 0862 – Deducción por ayuda doméstica del 15%.

El límite máximo de esta deducción es de 250 euros.

 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓNLas deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Aragón deben introducirse en las casillas que van a partir de la 866.

 

  • Casilla 881 – Deducción por gastos en centros educativos.

Las familias asturianas pueden deducirse el 15% por gastos en guarderías o centros de educación infantil con un máximo de 250 euros por cada hijo inscrito en dichas guarderías o centros. El límite, en el período impositivo que el niño cumpla los tres años de edad, será de 125 euros  .

 

ASTURIASLas deducciones específicas del Principado de Asturias deben introducirse en las casillas que van a partir de la 883.

 

  • Casilla 0895 – Deducción por gastos en centros educativos.

Los contribuyentes asturianos por gastos de descendientes en centros educativos de 0 a 3 años podrán aplicar una deducción del 15% con un límite de 330€ por cada hijo/a.

Si habitan en zonas rurales en riesgo de despoblación el porcentaje será del 30% con un máximo de 660€.

 

BALEARESLas deducciones específicas a la Comunidad Autónoma de Illes Balears deben introducirse en las casillas que van a partir de la 898.

 

  • Casilla 0914 – Deducción por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación por:
  • Estancias de niños/as de O a 3 años en escuelas infantiles o en guarderías.
  • Servicio de custodia, servicio de comedor y actividades extraescolares de niños de 3 a 6 años en centros educativos.
  • Contratación laboral de una persona para cuidar del menor.

 

El límite máximo de la deducción es de 600€ anuales por hijo/a y existen requisitos específicos que deben cumplirse además de a nivel contribuyente, en cuanto a medios de pago utilizados para poder aplicarla.

 

CANARIASLas deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Canarias deben introducirse en las casillas que van a partir de la 916.

  • Casilla 0924 – Deducción del 15% por gastos de guardería de niños/as menores de 3 años.

Máximo de 400€ anuales por cada niño/a.

 

CANTABRIALas deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria deben introducirse en las casillas que van a partir de la casilla 946.

 

  • Casilla 0772 – Deducción por gastos en centros educativos.

Las familias cántabras podrán deducirse el 15% de los gastos de guardería de los hijos/as biológicos o adoptados hasta un límite de 300€ anuales.

  • Casilla 0820 – Deducción por gastos en centros educativos en zonas rurales.

Si habitan en zonas rurales en riesgo de despoblación el porcentaje será del 30% con un límite de 600€ anuales

 

CASTILLA – LA MANCHA – Las deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Castilla – La Macha deben introducirse en las casillas que van a partir de la casilla 957.

 

  • Casilla 211 – Deducción por gastos en centros educativos.

La Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha permite la deducción del 15% de los gastos educativos, incluida la prescripción y matrícula hasta un máximo de 250€ para menores de 3 años.

 

CASTILLA Y LEÓN –  Las deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León deben introducirse en las casillas que van a partir de la casilla 970.

 

  • Casilla 0994 – Deducción por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar.

La deducción será del 15% y sólo aplicable para los contribuyentes con hijos/as menores de 4 años, con un límite máximo de 300€.

  • Casilla 0990 – Deducción por gastos educativos de:
  • Preinscripción y de matrícula
  • Asistencia en horario general y ampliado
  • Alimentación

 

Máximo de 1.320€ anuales.

 

EXTREMADURA  Las deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura deben introducirse en las casillas que van de la casilla 1010 a la 1020.

 

  • Casilla 1017 Deducción por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive:

La deducción será del 10 % en las siguientes circunstancias:

  • Que el contribuyente tenga que dejar a sus hijos/as menores de hasta 14 años inclusive, al cuidado de otras personas o entidades por motivos de trabajo, sea por cuenta propia o ajena.
  • Que el cuidado de los menores de hasta 14 años inclusive, se realice fuera del horario escolar por una persona empleada del hogar o en guarderías, centros de ocio, campamentos urbanos, centros deportivos, ludotecas o similares, autorizados por la administración autonómica o local competente.

Máximo de 400€ anuales.

 

GALICIALas deducciones específicas de la Comunidad Autónoma de Galicia deben introducirse en las casillas que van a partir de la casilla 1021.

 

  • Casilla 1023Deducción por gastos educativos en escuelas infantiles o cuidados en manos de un empleado/a del hogar.

Aquellos contribuyentes que por motivos de trabajo, ya sea asalariado o autónomo, tengan que dejar a sus hijos menores de 3 años o menos, al cuidado de una persona que tenga la condición de empleada de hogar o en escuelas infantiles 0-3 años se podrán deducir el 30% con un:

Máximo de 400€ anuales.

Máximo de 600€ anuales si tienen dos o más hijos.

 

MURCIALas deducciones específicas de la Comunidad de Murcia deben introducirse en las casillas que van de la casilla 1052 a la 1074.

 

  • Casilla 1054Deducción por gastos educativos.

La deducción será del 20% por gastos educativos originados de hijos/as menores de tres años por:

  • Preinscripción y matrícula
  • Alimentación
  • Adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar

 

Máximo de 1.000€ anuales.

 

  • Casilla 1158 – Por conciliación.

La deducción será del 20% cuando se tenga contratada a una persona para atender o cuidar a descendientes menores por razones de conciliación.

Máximo de 400€ anuales.

 

LA RIOJALas deducciones específicas de la Comunidad de La Rioja deben introducirse en las casillas que van a partir de la casilla 1061.

 

  • Casilla 1075 – Deducción por gastos educativos.

Por cada hijo de 0 a 3 años escolarizados en escuelas o centros infantiles de cualquier municipio de La Rioja; las familias riojanas se podrán deducir el 20% con un máximo de hasta 600€ anuales.

 

  • Casilla 1163 – Por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de La Rioja durante un plazo de al menos 3 años consecutivos.

Deducción de 100€ mensuales por cada hijo/a de 0 a 3 años.

 

  • Casilla 1169 – Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes que fijen su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja.

Deducción del 30% del 100% de los gastos con límite máximo de 600€ anuales por menor.

 

COMUNIDAD VALENCIANALas deducciones específicas de la Comunitat Valenciana deben introducirse en las casillas que van a partir de la casilla 1083.

 

  • Casilla 1087 – Deducción por gastos educativos.

Será del 15%  con un límite máximo de 270€ anuales por cada menor de 3 años.

 

  • Casilla 1088 – Deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar.

La Comunitat Valenciana permite una deducción de 418€ anuales por cada hijo/a o acogido/a en la modalidad de acogimiento permanente con edades comprendidas entre tres y cinco años.

 

  • Casilla 1104 – Deducción por contribuyentes con dos o más descendientes del 10%.

 

Una vez enumeradas las distintas opciones para desgravar gastos educativos que podéis aplicar en esta campaña de la Renta 2021, recordaros que es muy importante revisar vuestro borrador para que incluyáis todas y si tenéis alguna duda sobre las mismas, lo mejor es acudir a una asesoría para que os las resuelvan y os ayuden a optimizar vuestro plan financiero de ahorro familiar anual.

 

 

Maria Carbajo Lozano

El Mundo de Mozart

 

 

 


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