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Cuando la pareja se ha roto y hay que tomar decisiones importantes para el niño, hay que buscar soluciones evitando conflictos que puedan alterar al menor. La abogada y mediadora te señala los caminos que se pueden seguir.

Hace unos días un amigo de mi hija llegó diciendo que en la universidad habían estado dando el temario sobre mediación, y que a sus compañeros les había sorprendido que la gente solucionara los problemas simplemente hablando. Y es triste que los jóvenes se sorprendan de que hablando los problemas se solucionan; sin embargo, esto es un mal endémico, pues en el despacho nos cuesta hacer ver a los clientes que podemos llegar a ayudarles a encontrar solución a sus necesidades sentándoles a hablar con la parte contraria, lo cual funciona muy bien para solucionar discrepancias de los padres respecto de las decisiones que afectan a sus hijos.

Y es que en verdad es triste para un abogado, que simplemente tenga algo de conciencia y un poco de corazón, ver cómo padres y madres pelean durante años por temas que afectan al ejercicio de la patria potestad, como lo son si un hijo debe o no ir a cierto campamento, cambiar de colegio, ponerse aparato en los dientes, o estudiar alemán en lugar de francés. Sin embargo, por desgracia, muchos abogados fomentan este clima de desasosiego y peleas. Así, lo que se podría solucionar habiendo redactado al principio un buen convenio de medidas o acompañando a los clientes a una mediación, termina judicializándose y enquistando una relación que afecta directamente a nuestros pequeños.

Y es que todo abogado de familia sabe que en un convenio sobre medidas que atañen a menores se debe de establecer cómo van los padres a resolver las decisiones en las que discrepen. Pero cuándo no se hace así, o a pesar de ello, el acuerdo se vuelve imposible, ¿qué debemos de hacer?

Nuestra recomendación siempre es la misma, primero intentar con la otra parte una mediación, y sólo en caso de que no se logre un acuerdo, iniciar un procedimiento judicial.

Se pueden encontrar soluciones para las discrepancias entre padres cuando te sientas a hablar con la otra parte

Pero lo verdaderamente importante, siempre, es que los niños no se sientan parte del problema y un arma entre los progenitores. Frases como “es que no quiere que vayas al colegio de tus amigos”, “lo único que busca es no pagar”, o “dile que a ti lo que te gusta es lo que yo digo”, deberían de no ser oídas nunca por un niño.

Así pues, ante una ruptura, debemos siempre dejar clara como será la toma de decisiones, y cuando no sea posible actuar de esa forma o lograr un acuerdo solos, lo mejor es acudir juntos a mediación, evitando los procedimientos judiciales en la medida de lo posible.

Diferencias entre mediación y procedimiento judicial

Para aclarar términos vamos ver las diferencias entre mediación y procedimiento judicial de resolución de discrepancias entre los progenitores en el ejercicio de la patria potestad:

  • La mediación trata de que los progenitores, ayudados por uno o dos expertos, normalmente con formación en derecho y psicología, se sienten juntos en un entorno neutral y seguro, y que tras exponer sus necesidades e intereses logren un acuerdo que complazca a ambos. Es decir, la mediación roza la magia, pues hablando, conseguimos una mejora de las relaciones y que ambos se sientan satisfechos con la solución adoptada. Y, tanto es así, que los acuerdos tomados en mediación tienen un alto grado de cumplimiento, además, en gran parte de los casos, tras la mediación se observa una clara mejora de las relaciones entre los progenitores.
  • El procedimiento judicial se rige por la Ley de Jurisdicción Voluntaria, y aunque no se requiere ni abogado ni procurador, es aconsejable contar con ellos. En estos casos los progenitores plantean sus motivos para optar por su decisión, limitándose el juez a decidir cual de los progenitores deberá tomar dicha decisión. Es decir, si la discrepancia es sobre la elección del colegio, se deberá de argumentar sobre los motivos que hacen que consideremos que uno es mejor que el otro para nuestro hijo, no qué colegio es mejor, si no qué es lo que valoramos que tiene el de nuestra elección y que lo hace más apropiado para nuestro hijo. Así, argumentos válidos sería, la distancia desde el domicilio, el que esté adaptado a determinadas cualidades o necesidades del menor, que otros hermanos vayan al mismo centro, … Pero que tenga mejores resultados en las pruebas de acceso universitario, o que sea concertado, público o privado, como mucho podría ser argumento complementario, nunca principal.

María Lara González. Abogada del ICAM y mediadora de la Asociación Paz y Media


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